PLAZOS IEE | INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS

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Los plazos que a continuación detallamos son los plazos para la presentación en la Comunidad de Madrid y «en principio» se pueden transponer al resto de las comunidades autónomas. Hay que tener presente que los ayuntamientos tienen la potestad, aunque no es habitual, de ser mas restrictivos e imponer revisiones antes de que los edificios cumplan los 50 años de antigüedad.

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Edificios de mas de 50 años

Edificios de tipología  residencial colectiva, es decir comunidades de propietarios es obligatorio realizar las inspecciones y emitir el Informe de Evaluación de Edificios IEE, cuando el edificio cumpla 50 años desde la finalización de su construcción.

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Cuando se soliciten ayudas publicas para la rehabilitación

Cualquier tipo de edificio en el que los propietarios soliciten cualquier tipo de ayuda pública con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal, eficiencia energética, rehabilitación de fachadas, sustitución de calderas, … deberán disponer del Informe de Evaluación de los Edificios con fecha previa a la solicitud.

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